FAQs
Dudas Frecuentes
Sobre el servicio
Nuestro equipo elaborará un presupuesto único y especializado para cada caso, que varía en función del volumen de facturas y la complejidad de tu negocio. Pide un presupuesto totalmente gratis y nos pondremos en contacto contigo en menos de 24h.
Tenemos diferentes vías de contacto para asegurarnos que resolvemos cualquier duda que tengas. Si lo necesitas, podemos agendar una llamada, videollamada o hablar por whatsapp. Si tienes cualquier problema escríbenos un email a asesores@tuasap.com
No existe ningún tipo de permanencia, ni tampoco preaviso. Sin embargo, recuerda que siempre se realizará el cargo correspondiente a los servicios prestados y contratados en el mes en curso en que se solicite la baja, salvo desistimiento del contrato.
La suscripción con TUASAP conlleva el pago de una cuota mensual que se abonará mediante domiciliación bancaria. Sin embargo, existen trámites puntuales que se pueden pagar con tarjeta, como la declaración de la renta o la tramitación de requerimientos y notificaciones de Hacienda.
La tramitación de subvenciones no está incluida en el pago mensual de la cuota por el asesoramiento contratado, pero estaremos encantados de asesorarte y responder cualquier duda sobre su solicitud. Con carácter excepcional se podrá
Autónomos
¡Por supuesto! Realizamos todo el trámite de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.
Si es tu primera vez como autónomo, o han pasado varios años desde tu última baja, puedes acceder a una cuota fija de, aproximadamente, 87€ al mes durante tu primer año como autónomo. A partir del segundo año de actividad tendrás la posibilidad de prolongar la bonificación si tus ingresos están por debajo del SMI (Salario Mínimo Interprofesional)
Tu cuota mensual como autónomo dependerá de la base de cotización que elijas. Actualmente, tu base de cotización varía en función del beneficio que tengas en tu actividad económica y está repartida en quince tramos distintos. Al finalizar el año, la Seguridad Social realizará un proceso de regularización para asegurarse de que habías pagado la cuota correspondiente a tus rendimientos, devolviéndote o exigiéndote el pago de la diferencia. Además, recuerda que las diferentes bonificaciones, como la tarifa plana, pueden alterar el importe a pagar.
El alta de un autónomo se tiene que realizar en Hacienda y en la Seguridad Social. En la primera, es obligatorio siempre que realices una actividad por cuenta propia. Su alta es informativa y gratuita, pero requiere presentar el modelo 036, y el resto de modelos tributarios que correspondan. Si no lo haces, podrías ser sancionado. En la segunda, en cambio, la ley solo obliga a darte de alta y pagar la cuota mensual de autónomos cuando realices tu actividad de forma “habitual”. Por lo tanto, puede depender de la frecuencia con que trabajes, el importe que factures o si se trata de tu actividad principal.
Empresas
La rentabilidad de una SL requiere un análisis específico del modelo de negocio, facturación y características específicas de la actividad que se realiza. Por ello, te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para solicitar un análisis exacto de tu caso. Si comparamos únicamente los impuestos pagados, puede ser recomendable realizar una SL a partir de los 30.000 € de beneficio anual.
Es completamente legal crear una SLU (Sociedad Limitada Unipersonal). Sin embargo, es importante tener en cuenta lo que la administración denomina como “motivo económico válido”. Es decir, tu empresa debe tener una estructura y un motivo para su creación distinto al ahorro impositivo. Si el único objetivo de tu empresa es pagar menos impuestos de los que pagarías como autónomo corres el riesgo de que la administración te haga pagarlo en tu declaración de la renta.
Si eres socio administrador de la empresa es posible pagar la cuota a través de la sociedad. Sin embargo, es importante que no dupliques el gasto en tu propia declaración de la renta y en la contabilidad de la empresa. Si tienes una nómina por el trabajo que desempeñas en la empresa, esta deberá repercutir como retribución en especie los gastos de la cuota de autónomos e incluirlos, al mismo, como gasto deducible de tus rendimientos del trabajo.